septiembre 27, 2011

SOCIEDAD COOPERATIVA

S.C.L. (Limitada) y S.C.S. (Suplementada).

Asociación de personas naturales y/o jurídicas que se proponen mejorar la situación económica y social de sus componentes y la del entorno social en que se mueven.

Los intereses colectivos están por encima de los particulares.

Las sociedades bajo este régimen los rendimientos se dividen en: de trabajo o de consumo apesar de que este trámite tarda hasta 3 meses, es un requisito cuyo precio es accesible para cualquier negocio.
  • Proceso de constitución.
- Acta por quintuplicado de asamblea general.
- Certificación de firmas ante notario público, corredor público, juez de distrito, etc.
- Autorización de la secretaria del trabajo yprevisión social.
- Inscripción en el registro público de comercio.
  • Nombre.
Denominación.
  • Capital social.
No establece mínimo, pero siempre serán de capital variable.
  • Reservas.
El fondo de reserva se constituirá con el 10 al 20% de los rendimientos que obtengan las sociedades cooperativas en cada ejercicio social. El fondo de reserva podrá ser delimitado en las bases constitutivas, pero no será menor del 25% del capital social en las S.C. de productores y del 10% en las de consumidores. Este fondo podrá ser afectado cuando lo requiera la sociedad para afrontar las perdidas o restituir el capital de trabajo, debiendo ser reintegrado al final del ejercicio social, con cargo a los rendimientos (fondo de previsión social y fondo de educación cooperativa).
  • No. de socios.
Mínimo 5, máximo ilimitado.
  • Documentos que acreditan al socio.
Certificados de aportación.
  • Participación de extranjeros.
Máxima 10% y no podrán desempeñar puestos de dirección o administración.
  • Organos sociales y de vigilancia.
- Consejo superior del cooperativismo.
- Asamblea de socios.
- Consejo de administración.
- Consejo de vigilancia.
- Vigilada por la secretaria de estado a que corresponda su actividad.

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